Además de lo dispuesto en el artículo 81 de esta Ley y lo establecido en el artículo 71 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, los Ayuntamientos en el Estado deberá poner a disposición del público y mantener actualizada, en términos de lo establecido en el presente Capítulo, la siguiente información:
XXIV.- Listado con el nombre de las personas físicas o morales registrados como micro generadores de residuos peligrosos y biológico-infecciosos;
| ART.85-FRACCIÓN XXIV-Listado de las personas registradas como micro generadores de residuos peligrosos y biológico-infecciosos 3ER TRIMESTRE 2025 SINDICATURA |
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| ART.85_FRACCIÓN XXIV-Listado de las personas registradas como micro generadores de residuos peligrosos y biológico-infecciosos 2DO TRIMESTRE 2025 SINDICATURA |
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| ART.85_FRACCION XXIV-Listado de las personas registradas como micro generadores de residuos peligrosos y biológico-infecciosos 1ER TRIMESTRE 2025 SINDICATURA MUNICIPAL |
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